Los proveedores del sector público seguimos igual…nuestra situación no mejora…cada vez nos pagan más tarde…si nos pagan.
Ayer, SEOPAN, asociación que reúne a las mayores constructoras de obra pública españolas publicaba unas cifras aterradoras: El conjunto de las administraciones públicas les está pagando, en media, a 157 días, cuando la Ley de Contratos del Sector Público de 2007, especifica claramente que el pago debe hacerse dentro de los 60 días siguientes a la factura o certificación:
Art. 200. 4.- La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, sin perjuicio del plazo especial establecido en el artículo 205.4, y, si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de sesenta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Cuando no proceda la expedición de certificación de obra y la fecha de recibo de la factura o solicitud de pago equivalente se preste a duda o sea anterior a la recepción de las mercancías o a la prestación de los servicios, el plazo de sesenta días se contará desde dicha fecha de recepción o prestación.
Segregando por tipo de administración, la Central paga a 140 días, la autonómica a 155 y, por fin, los ayuntamientos a ¡¡¡ 238 !!! días…Tiene “gracia” el asunto porque la ley vigente propone que las CCAA podrán reducir el plazo de pago:
Art. 200.8.- Las Comunidades Autónomas podrán reducir los plazos de sesenta días, cuatro meses y ocho meses establecidos en los apartados 4, 5 y 6 de este artículo
Para que todos nos hagamos una idea de la magnitud del problema, la deuda vencida ( > 60 días) de la administración con las constructoras es de 16.500 millones de euros prácticamente lo mismo que el PEI (Plan Extraordinario de Infraestructuras), proyecto “estrella” del Ministerio de Fomento para los próximos 5 años, valorado en 17.000 millones de euros.
Pero todavía peor que las constructoras, estamos los que les vendemos diferentes productos porque, aunque es verdad, que cobran muy tarde sus facturas y tienen costes que tienen que pagar mucho antes como son los de personal, no lo es menos que empresas como en la que yo trabajo, cuando vendemos al sector público estamos en las mismas condiciones que los ACS, FCC, Sacyr, etc., pero cuando vendemos a todos esos contratistas, su periodo medio de pago está alrededor de los 200 días.
Por decirlo de alguna forma, en la clasificación de esa gran “Liga de Morosos”, están situados entra las comunidades autónomas y los ayuntamientos.
Por otro lado y como sabéis, pues ha sido comentado aquí, está en proceso de aprobación la llamada Ley de Morosidad que obliga a reducir los plazos de pago, de las administraciones del Estado, de 60 a 30 días.
A la vista de estos datos, a mí, se me antoja imposible que estos morosos profesionales reduzcan sus plazos de pago a 30 días (60 en el caso de las empresas privadas) que, por otra parte, son los estándares en el resto de los países de la UE.
Esta situación ha conllevado, en el pasado, un aumento en el gasto por intereses (los bancos siempre ganan), una reducción de beneficios y una disminución de liquidez en las empresas, pero, hoy día, con la coyuntura actual, el retraso en los cobros nos está amenazando la supervivencia y los concursos de acreedores aumentan y aumentan…
Finalmente, sólo un apunte más: Todos los datos aquí mencionados son del año 2008 y, desde entonces, ya sabemos cómo han ido las cosas del pagar…No han ido, precisamente, a “Mejor”